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La crisis del Antiguo Régimen: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y reinado de Fernando VII (1808-1833)
Reinado de Carlos IV, Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz y Constitución de 1812, reinado de Fernando VII y emancipación americana. En la PAU de Extremadura puede caer como fuente del siglo XIX en el comentario (B), en las definiciones (A.3) y, si los temas son del XIX, como tema de desarrollo (C).
En el examen: Una de las dos fuentes del comentario (B), las definiciones (A.3) y, si los temas son de este siglo, el tema (C). Bloques orientativos: las directrices no publican un temario cerrado.
1. La crisis de la monarquía de Carlos IV (1788-1808)
El impacto de la Revolución francesa
Carlos IV subió al trono en 1788. Un año después estalló la Revolución francesa (1789), que frenó en seco el reformismo ilustrado:
- Floridablanca (1788-1792) estableció un "cordón sanitario": control de la frontera, censura de libros y prensa franceses y vigilancia de la Inquisición para evitar el contagio revolucionario.
- Tras el breve gobierno de Aranda (1792), el poder pasó a Manuel Godoy, nacido en Badajoz en 1767, guardia de corps y favorito de los reyes, nombrado primer secretario de Estado en 1792. Su rápido ascenso le valió la hostilidad de la nobleza, del clero y de buena parte del pueblo.
La política exterior: de la guerra con Francia a la alianza
| Fecha | Hecho | Consecuencia |
|---|---|---|
| 1793-1795 | Guerra de la Convención contra la Francia revolucionaria, tras la ejecución de Luis XVI | Derrota española |
| 1795 | Paz de Basilea | España cede la parte española de Santo Domingo; Godoy recibe el título de "Príncipe de la Paz" |
| 1796 | Tratado de San Ildefonso | Alianza con Francia contra Gran Bretaña |
| 1801 | Guerra de las Naranjas contra Portugal, aliado de Gran Bretaña, dirigida por Godoy desde Extremadura | Por el Tratado de Badajoz (1801), España incorpora Olivenza |
| 1805 | Batalla de Trafalgar (21 de octubre) | La escuadra franco-española es destruida por la británica de Nelson; España pierde su flota y la comunicación con América |
| 1807 | Tratado de Fontainebleau | España permite el paso de tropas francesas para conquistar y repartirse Portugal |
La crisis interna
- Hacienda en bancarrota por las guerras: deuda creciente y vales reales depreciados.
- Ruptura del comercio con América por el bloqueo británico, que arruina a puertos como Cádiz.
- Malas cosechas, carestía y epidemias de fiebre amarilla.
- Desamortización de Godoy (1798): venta de bienes de hospitales, hospicios, cofradías y obras pías para pagar la deuda, que le enfrentó con la Iglesia.
- Se formó contra Godoy el partido fernandino, nobles y clérigos agrupados en torno al heredero, el príncipe Fernando, que en 1807 protagonizó la conspiración de El Escorial contra sus propios padres.
Aranjuez y Bayona (1808)
- Con el pretexto de Fontainebleau, decenas de miles de soldados franceses ocupan ciudades que no estaban en el camino de Portugal. Los reyes y Godoy piensan huir al sur para embarcar hacia América.
- Motín de Aranjuez (17-19 de marzo de 1808): los fernandinos provocan la caída de Godoy y Carlos IV abdica en su hijo, Fernando VII.
- Napoleón reúne a padre e hijo en Bayona. En las abdicaciones de Bayona (mayo de 1808), Fernando devuelve la corona a Carlos IV, que la cede a Napoleón, y este la entrega a su hermano José Bonaparte (José I).
- Estatuto de Bayona (julio de 1808): carta otorgada por José I. Reconocía algunos derechos, unas Cortes estamentales y la confesionalidad católica, pero no la soberanía nacional. Sus partidarios, los afrancesados (ilustrados como Moratín, Meléndez Valdés o Cabarrús), esperaban de él reformas sin revolución.
2. La Guerra de la Independencia (1808-1814)
El levantamiento
El 2 de mayo de 1808, el pueblo de Madrid se levantó contra los franceses cuando estos intentaban sacar de palacio a los últimos miembros de la familia real. La represión de Murat fue durísima: los fusilamientos del 3 de mayo, que pintó Goya. Los capitanes Daoíz y Velarde resistieron en el parque de artillería de Monteleón. El levantamiento se extendió por todo el país, impulsado por el bando del alcalde de Móstoles y por las juntas.
El carácter de la guerra
- Guerra internacional, dentro de las guerras napoleónicas: Gran Bretaña apoya a España y Portugal.
- Guerra civil entre afrancesados y patriotas.
- Guerra popular de liberación, con un fuerte componente religioso y antirrevolucionario en muchos combatientes.
- Revolución política: el vacío de poder lleva a crear nuevos órganos que asumen la soberanía en nombre del rey ausente.
Las etapas militares
| Etapa | Hechos principales |
|---|---|
| 1808: resistencia y victoria española | Sitios de Zaragoza y Gerona. Batalla de Bailén (19 de julio de 1808): el general Castaños derrota a Dupont, primera derrota en campo abierto de un ejército napoleónico. José I abandona Madrid |
| 1808-1812: dominio francés | Napoleón entra en persona con la Grande Armée: Somosierra y recuperación de Madrid (diciembre de 1808). Derrotas españolas en Medellín (1809) y Ocaña (1809). En 1810 los franceses ocupan Andalucía salvo Cádiz, sitiada hasta 1812. Auge de la guerrilla. Extremadura es frontera con el Portugal anglo-portugués: batalla de La Albuera (1811) |
| 1812-1814: ofensiva aliada | Napoleón retira tropas para la campaña de Rusia. Wellington toma Badajoz (abril de 1812) y vence en Arapiles (1812), Vitoria (1813) y San Marcial (1813). Tratado de Valençay (diciembre de 1813): Napoleón devuelve el trono a Fernando VII, que regresa en marzo de 1814 |
La guerrilla, partidas que conocían el terreno y hostigaban a los franceses cortando sus comunicaciones y suministros, fue la gran aportación española. Destacan Espoz y Mina (Navarra), Juan Martín, "el Empecinado" (Castilla) y el cura Merino (Burgos).
Las juntas y la Junta Suprema Central
- Ante la ausencia del rey surgen juntas locales y provinciales que asumen el poder en nombre de Fernando VII, como la Junta Suprema de Extremadura, en Badajoz, o la de Sevilla, que se proclamó Junta Suprema de España e Indias.
- En septiembre de 1808 se forma en Aranjuez la Junta Suprema Central, presidida por Floridablanca, para coordinar la guerra. Huyendo del avance francés se traslada a Sevilla y después a la Isla de León (San Fernando), donde se disuelve en enero de 1810 y cede el poder a un Consejo de Regencia, que convoca las Cortes.
Las consecuencias
- Demográficas: cientos de miles de víctimas por los combates, el hambre y las epidemias (las cifras son discutidas).
- Económicas: destrucción de cosechas, ganado, puentes e industrias; saqueo del patrimonio artístico; ruina de la Hacienda.
- Políticas: nacimiento del liberalismo y de la idea de nación soberana; protagonismo político del ejército.
- Americanas: el vacío de poder impulsa las juntas americanas de 1810, inicio de las independencias.
- Culturales: primer gran exilio político (los afrancesados); obra de Goya (El 2 de mayo, Los fusilamientos del 3 de mayo, Los desastres de la guerra).
3. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
La convocatoria y la composición
- El Consejo de Regencia convocó Cortes generales y extraordinarias, que no se reunieron por estamentos, sino en una cámara única de representantes de la nación.
- Se inauguraron el 24 de septiembre de 1810 en la Isla de León y en 1811 se trasladaron a Cádiz, al oratorio de San Felipe Neri.
- Como muchas provincias estaban ocupadas, numerosos diputados fueron suplentes elegidos entre los residentes en Cádiz, ciudad comercial y abierta a las ideas liberales. Esto dio a las Cortes un carácter más avanzado que el del conjunto del país.
- Composición social: aproximadamente un tercio de eclesiásticos, abogados, funcionarios, militares y comerciantes; casi ningún campesino. Hubo diputados americanos.
- Tendencias:
- Liberales: soberanía nacional y reformas profundas. Destacaron Agustín Argüelles, el conde de Toreno y el extremeño Diego Muñoz Torrero, nacido en Cabeza del Buey y antiguo rector de la Universidad de Salamanca, que presentó la propuesta del primer decreto.
- Absolutistas o "serviles": vuelta al poder absoluto del rey.
- Jovellanistas: reformas moderadas dentro de las "leyes fundamentales" tradicionales.
La obra legislativa
| Fecha | Decreto |
|---|---|
| 24 de septiembre de 1810 | Las Cortes asumen la soberanía nacional, reconocen a Fernando VII como rey, declaran nula su cesión de la corona y proclaman la división de poderes |
| 10 de noviembre de 1810 | Libertad de imprenta, salvo en materia religiosa |
| 1811 | Abolición de la tortura |
| 6 de agosto de 1811 | Abolición de los señoríos jurisdiccionales: los señores pierden la justicia y el gobierno, aunque muchos conservan las tierras como propiedad |
| 1813 | Abolición de la Inquisición |
| 1813 | Libertad de industria y de trabajo; fin de los privilegios gremiales |
| 1813 | Primera desamortización liberal y venta de tierras municipales |
Con estos decretos se atacaron los pilares del Antiguo Régimen: el poder absoluto del rey, los privilegios de la nobleza y la Iglesia y las trabas a la economía.
La Constitución de 1812
Promulgada el 19 de marzo de 1812, día de San José (de ahí su apodo, "la Pepa"), es la primera constitución española elaborada por los representantes de la nación. Tiene 384 artículos.
- Soberanía nacional (art. 3). La nación es "la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios" (art. 1).
- División de poderes:
- Legislativo: las Cortes con el rey. Cortes unicamerales, elegidas cada dos años. El rey tiene veto suspensivo.
- Ejecutivo: el rey y sus secretarios de despacho, responsables ante las Cortes. Es una monarquía moderada hereditaria.
- Judicial: los tribunales. Unidad de códigos y de fueros, salvo el eclesiástico y el militar.
- Sufragio universal masculino indirecto: votan los varones mayores de 25 años en cuatro grados (ciudadanos, juntas de parroquia, de partido y de provincia).
- Derechos individuales dispersos por el texto: libertad de imprenta, igualdad ante la ley, inviolabilidad del domicilio, garantías procesales y propiedad.
- Confesionalidad católica (art. 12), con prohibición de otros cultos: concesión al gran peso del clero en las Cortes.
- Organización del Estado: ayuntamientos electivos, diputaciones provinciales, Milicia Nacional, enseñanza primaria en todos los pueblos y contribuciones proporcionales a la riqueza.
- Límites: excluía a las mujeres y a las "castas" de origen africano en América.
Vigencia: apenas se aplicó por la guerra. Estuvo en vigor en 1812-1814, 1820-1823 y 1836-1837, y fue modelo para Portugal, Nápoles, el Piamonte y varias repúblicas americanas.
4. El reinado de Fernando VII (1814-1833)
En la Europa de la Restauración, tras la derrota de Napoleón, el Congreso de Viena (1814-1815) y la Santa Alianza se propusieron restablecer el absolutismo. En España, absolutistas y liberales se alternaron en el poder por la fuerza.
| Etapa | Fechas | Régimen |
|---|---|---|
| Sexenio absolutista | 1814-1820 | Restauración del absolutismo |
| Trienio Liberal | 1820-1823 | Vuelta de la Constitución de 1812 |
| Década Ominosa | 1823-1833 | Segundo absolutismo y problema sucesorio |
El Sexenio absolutista (1814-1820)
- Fernando VII regresa en marzo de 1814, aclamado como "el Deseado". En lugar de ir a Madrid a jurar la Constitución, se dirige a Valencia, donde recibe el apoyo del general Elío y el Manifiesto de los Persas, firmado el 12 de abril de 1814 por 69 diputados absolutistas encabezados por Bernardo Mozo de Rosales.
- Decreto de Valencia (4 de mayo de 1814): declara nulos la Constitución y los decretos de Cádiz "como si no hubiesen pasado jamás tales actos". Es un golpe de Estado. Los liberales son detenidos o se exilian.
- Vuelven la Inquisición, los señoríos, los gremios, la Mesta y los privilegios. El rey gobierna con una camarilla de consejeros personales.
- Hacienda en quiebra; fracasa la reforma fiscal de Martín de Garay (1817) por la oposición de los privilegiados.
- Pronunciamientos liberales fracasados: Espoz y Mina (1814), Porlier (1815), Lacy (1817) y Vidal (1819). El pronunciamiento, golpe militar con apoyo civil preparado a menudo en sociedades secretas como la masonería, se convierte en el método liberal para alcanzar el poder.
El Trienio Liberal (1820-1823)
- 1 de enero de 1820: el comandante Rafael del Riego se pronuncia en Las Cabezas de San Juan (Sevilla) con tropas destinadas a combatir la independencia americana y proclama la Constitución de 1812. Otras guarniciones se suman.
- En marzo de 1820 el rey jura la Constitución: "Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional".
- Reformas: se restablecen los decretos de Cádiz, se suprimen órdenes monacales y se desamortizan sus bienes, se suprimen los mayorazgos, se reduce el diezmo a la mitad, se restablece la Milicia Nacional y se aprueba el Código Penal de 1822.
- División de los liberales: moderados o doceañistas (Martínez de la Rosa, Argüelles), partidarios de pactar con el rey, y exaltados o veinteañistas (Riego, Alcalá Galiano, Mendizábal), más radicales. Es el origen de moderados y progresistas.
- Oposición absolutista: el rey usa el veto y conspira; la Guardia Real intenta un golpe en julio de 1822; surgen partidas realistas y la Regencia de Urgel (1822). El campesinado, que siguió pagando rentas, no defendió el régimen.
- Fin: el Congreso de Verona (1822) decide intervenir y en abril de 1823 entran los Cien Mil Hijos de San Luis, ejército francés del duque de Angulema. El gobierno se retira a Sevilla y Cádiz; tras la toma del Trocadero (agosto de 1823), el 1 de octubre de 1823 Fernando VII anula todo lo aprobado desde 1820. Riego es ahorcado en Madrid en noviembre.
La Década Ominosa (1823-1833)
- Represión: depuraciones ("purificaciones"), comisiones militares, Superintendencia General de Policía (1824), cierre de universidades y nuevo exilio. La Inquisición no se restableció formalmente.
- Intentos liberales fracasados: el general Torrijos, fusilado en Málaga en 1831, y Mariana Pineda, ejecutada en Granada ese mismo año.
- Reformas de López Ballesteros en Hacienda: primer presupuesto, Tribunal de Cuentas (1828), Banco de San Fernando (1829), Código de Comercio (1829) y Bolsa de Madrid (1831). El rey se acerca a la burguesía moderada.
- Oposición ultra: los apostólicos o realistas puros, que consideran blando al rey, se agrupan en torno a su hermano Carlos María Isidro. En 1827 se sublevan en Cataluña los agraviados (malcontents).
El problema sucesorio
- En 1829 Fernando VII se casa con María Cristina de Borbón-Dos Sicilias. En marzo de 1830, embarazada la reina, publica la Pragmática Sanción, que deroga la Ley Sálica de 1713. En octubre de 1830 nace Isabel.
- En los sucesos de La Granja (1832), con el rey gravemente enfermo, los carlistas logran que derogue la Pragmática, pero al recuperarse la restablece. María Cristina busca el apoyo de los liberales moderados: amnistía (1832) y gobierno de Cea Bermúdez.
- Fernando VII muere el 29 de septiembre de 1833. Isabel II es proclamada reina bajo la regencia de su madre; don Carlos reclama el trono (Manifiesto de Abrantes) y estalla la Primera Guerra Carlista.
5. La emancipación de la América española (1808-1824)
- Causas: descontento de los criollos, apartados de los altos cargos y sometidos al monopolio comercial; difusión de la Ilustración; ejemplo de los Estados Unidos y de la Revolución francesa; apoyo de Gran Bretaña, interesada en esos mercados; y el vacío de poder de 1808, que llevó a formar juntas en 1810 (Caracas, Buenos Aires).
- Etapas: una primera fase (1810-1815) en la que los movimientos son en gran parte sofocados y una segunda (1816-1824) de triunfo, con Simón Bolívar en el norte, José de San Martín en el sur y la independencia de México (1821). La batalla de Ayacucho (1824) puso fin al dominio español en el continente.
- Consecuencias: España solo conserva Cuba, Puerto Rico y Filipinas; pierde metales, ingresos aduaneros y un gran mercado, lo que agrava la crisis de la Hacienda.
Definiciones (A.3)
En el examen se da la definición y hay que identificar el término. Aquí van al revés para estudiarlas: término y definición.
- Tratado de Fontainebleau (1807): acuerdo entre Godoy y Napoleón por el que España permitía el paso de tropas francesas para invadir Portugal y repartírselo; sirvió de pretexto para la ocupación francesa de la península.
- Motín de Aranjuez (1808): revuelta de marzo de 1808 organizada por los partidarios del príncipe Fernando que provocó la caída de Godoy y la abdicación de Carlos IV en su hijo.
- Abdicaciones de Bayona (1808): cesión de la corona española por Fernando VII y Carlos IV a Napoleón, que la entregó a su hermano José Bonaparte.
- Afrancesados: españoles, en su mayoría ilustrados, que colaboraron con José I esperando reformas modernizadoras sin revolución; tras la guerra marcharon al exilio.
- Junta Suprema Central (1808-1810): órgano que coordinó a las juntas provinciales y dirigió la resistencia en nombre de Fernando VII hasta ceder el poder al Consejo de Regencia.
- Soberanía nacional: principio según el cual el poder supremo reside en la nación, no en el rey; fue proclamado por las Cortes de Cádiz el 24 de septiembre de 1810.
- La Pepa: nombre popular de la Constitución de 1812, promulgada el día de San José.
- Diego Muñoz Torrero: clérigo liberal extremeño, nacido en Cabeza del Buey, que en la sesión inaugural de las Cortes de Cádiz propuso el decreto que proclamaba la soberanía nacional y la división de poderes.
- Manifiesto de los Persas (1814): escrito de 69 diputados absolutistas que pedían a Fernando VII anular la obra de Cádiz y restaurar la monarquía absoluta.
- Pronunciamiento: forma de intervención militar en política en la que un jefe del ejército se subleva con sus tropas y proclama un programa político, esperando el apoyo de otras guarniciones y de civiles.
- Cien Mil Hijos de San Luis: ejército francés enviado en 1823 por la Santa Alianza que puso fin al Trienio Liberal y restauró el absolutismo de Fernando VII.
- Pragmática Sanción (1830): disposición de Fernando VII que derogó la Ley Sálica y permitió reinar a su hija Isabel, origen del conflicto carlista.
Comentario de fuentes probables (B)
El repositorio documental de la UEx incluye para este periodo el acta de las Cortes de 24 de septiembre de 1810 y el Manifiesto de los Persas. En la primera parte se clasifica la fuente y se distinguen las ideas principales y secundarias con palabras propias; en la segunda se responde a la cuestión concreta con al menos 15 líneas y referencias a la fuente.
Decreto de las Cortes de 24 de septiembre de 1810
«Los diputados que componen este Congreso, y que representan la Nación española, se declaran legítimamente constituidos en Cortes generales y extraordinarias, y que reside en ellas la soberanía nacional.»
Además, el decreto reconoce de nuevo a Fernando VII como único rey legítimo y declara nula la cesión de la corona a Napoleón, establece la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, hace responsable al poder ejecutivo ante la nación y habilita provisionalmente al Consejo de Regencia para ejercerlo.
Primera parte: análisis de la fuente. Es un texto jurídico-político, el primer decreto de las Cortes de Cádiz, aprobado en su sesión inaugural en la Isla de León. Su autor es colectivo, las Cortes Generales y Extraordinarias, a partir de la propuesta del diputado extremeño Diego Muñoz Torrero; su destinatario es la nación entera y su intención, fundar un nuevo poder legítimo en ausencia del rey. La idea principal es la proclamación de la soberanía nacional: el poder supremo ya no reside en el monarca, sino en la nación, representada por las Cortes. Las ideas secundarias son la división de poderes, el reconocimiento de Fernando VII como rey frente a José I, la nulidad de las abdicaciones de Bayona y la responsabilidad del poder ejecutivo ante las Cortes.
Segunda parte (cuestión tipo): explica la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y su significado. El decreto inaugura la revolución liberal en España. Al afirmar que la soberanía reside en las Cortes, los diputados rompían con el absolutismo, aunque al mismo tiempo reconocían a Fernando VII, prisionero en Francia, como rey legítimo, porque la guerra se hacía en su nombre. Sobre esa base, las Cortes desmontaron el Antiguo Régimen: aprobaron la libertad de imprenta (1810), abolieron la tortura, los señoríos jurisdiccionales (1811) y la Inquisición (1813), y decretaron la libertad de industria y el fin de los gremios. Su obra culminó en la Constitución de 1812, que recogía la soberanía nacional y la división de poderes anunciadas en el decreto, establecía unas Cortes unicamerales y un sufragio universal masculino indirecto, y limitaba los poderes del rey, aunque mantenía la confesionalidad católica. La composición de las Cortes explica su orientación: en una Cádiz sitiada y comercial, muchos diputados suplentes y una burguesía ilustrada favorecieron a los liberales. Sin embargo, el país estaba en guerra y las reformas apenas se aplicaron. En 1814 Fernando VII anuló toda esta obra con el Decreto de Valencia, pero el decreto de 1810 quedó como acta de nacimiento del liberalismo español y del constitucionalismo posterior.
Manifiesto de los Persas (Madrid, 12 de abril de 1814)
«Era costumbre de los antiguos persas pasar cinco días de anarquía después del fallecimiento de su rey, [...]. Para serlo España a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad.»
En el resto del escrito, los firmantes piden al rey que mantenga las leyes y fueros tradicionales de la monarquía, que declare sin efecto la Constitución de Cádiz y sus decretos y que convoque Cortes a la manera de las antiguas, por estamentos.
Primera parte: análisis de la fuente. Es un texto político de naturaleza pública, una representación o manifiesto firmado por 69 diputados absolutistas encabezados por Bernardo Mozo de Rosales y dirigido a Fernando VII ("V. M."), que lo recibió en Valencia a su vuelta de Francia. Su intención es convencer al rey de que restaure el absolutismo. La idea principal es que los seis años sin rey (1808-1814), en los que gobernaron las juntas y las Cortes, fueron un periodo de anarquía, como los cinco días que, según la anécdota, dejaban los persas a la muerte de su monarca para valorar después el orden. Las ideas secundarias son la crítica a la obra de Cádiz, la defensa de la monarquía absoluta y de la tradición, y la petición de unas Cortes estamentales.
Segunda parte (cuestión del modelo de examen): relaciona el texto con la personalidad de Fernando VII y con las fases del conflicto entre liberales y absolutistas en su reinado. El manifiesto ofrece a Fernando VII lo que deseaba: una justificación para recuperar todo su poder. El rey, apodado "el Deseado", había demostrado antes de la guerra su ambición en la conspiración de El Escorial y en el motín de Aranjuez contra sus padres, y su falta de escrúpulos al ceder la corona en Bayona. Con este apoyo y el del general Elío, firmó el Decreto de Valencia (4 de mayo de 1814), que anuló la Constitución y abrió el Sexenio absolutista (1814-1820): volvieron la Inquisición y los señoríos, los liberales fueron perseguidos y los pronunciamientos fracasaron hasta que Riego triunfó en 1820. Comenzó así el Trienio Liberal (1820-1823), en el que el rey juró la Constitución mientras conspiraba contra ella y pedía ayuda a la Santa Alianza. La intervención de los Cien Mil Hijos de San Luis restauró el absolutismo en la Década Ominosa (1823-1833), marcada por la represión. En sus últimos años, la presión de los absolutistas más intransigentes y el pleito sucesorio tras la Pragmática Sanción (1830) acercaron a la Corona a los liberales moderados. El reinado muestra así un monarca desconfiado e inconstante, que solo cedía ante la fuerza, y un enfrentamiento entre absolutismo y liberalismo que desembocó en la guerra carlista.
Tema de desarrollo probable (C)
La Guerra de la Independencia y los comienzos de la revolución liberal (1808-1814)
Guion para cara y media de folio, en orden cronológico:
- Antecedentes: crisis del reinado de Carlos IV, gobierno de Godoy, alianza con Francia, Trafalgar (1805) y Fontainebleau (1807).
- 1808: entrada de tropas francesas, motín de Aranjuez (marzo), abdicaciones de Bayona (mayo), José I y el Estatuto de Bayona; levantamiento del 2 de mayo.
- Carácter de la guerra: internacional, civil (afrancesados frente a patriotas), popular y revolucionaria.
- Etapas militares: Bailén (1808); intervención de Napoleón y dominio francés (1808-1812), con batallas en Extremadura como Medellín y La Albuera, y sitio de Cádiz; guerrilla (Espoz y Mina, el Empecinado); ofensiva de Wellington (Badajoz, Arapiles, Vitoria, San Marcial) y Tratado de Valençay (1813).
- Revolución política: juntas provinciales, Junta Suprema Central y Consejo de Regencia.
- Cortes de Cádiz (1810): diputados, tendencias (liberales, absolutistas, jovellanistas), papel de Muñoz Torrero y decretos.
- Constitución de 1812: soberanía nacional, división de poderes, sufragio, derechos, confesionalidad.
- Consecuencias: destrucción, liberalismo, protagonismo del ejército, independencias americanas, regreso de Fernando VII y Decreto de Valencia (1814).
Ordenación cronológica (A.4)
- Revolución francesa (1789)
- Ascenso de Godoy (1792)
- Paz de Basilea (1795)
- Guerra de las Naranjas y Olivenza (1801)
- Trafalgar (1805)
- Tratado de Fontainebleau (1807)
- Motín de Aranjuez (marzo de 1808)
- Batalla de Bailén (julio de 1808)
- Apertura de las Cortes en la Isla de León (1810)
- Batalla de La Albuera (1811)
- Constitución de 1812
- Decreto de Valencia (1814)
- Pronunciamiento de Riego (1820)
- Cien Mil Hijos de San Luis (1823)
- Ayacucho (1824)
- Pragmática Sanción (1830)
- Muerte de Fernando VII (1833)
Esquema rápido para el examen
- Carlos IV (1788-1808): cordón sanitario de Floridablanca; Godoy (pacense) desde 1792; Convención y Basilea (1795); San Ildefonso (1796); Guerra de las Naranjas y Olivenza (1801); Trafalgar (1805); Fontainebleau (1807); crisis de la Hacienda y desamortización de Godoy (1798).
- 1808: Aranjuez (marzo), Bayona (mayo), José I y Estatuto; 2 de mayo.
- Guerra (1808-1814): internacional, civil, popular y revolucionaria; Bailén; dominio francés, Medellín, Ocaña, La Albuera, sitio de Cádiz; guerrilla; Wellington: Badajoz, Arapiles, Vitoria, San Marcial; Valençay.
- Juntas → Junta Suprema Central → Regencia → Cortes.
- Cortes de Cádiz (24-IX-1810): diputados suplentes; liberales (Argüelles, Toreno, Muñoz Torrero), serviles, jovellanistas; soberanía nacional, imprenta, señoríos, Inquisición, gremios.
- Constitución de 1812: soberanía nacional, división de poderes, Cortes unicamerales, sufragio universal masculino indirecto, derechos, confesionalidad, Milicia Nacional.
- Fernando VII: Persas y Decreto de Valencia (1814); Sexenio absolutista; Riego (1820) y Trienio Liberal (moderados frente a exaltados); Cien Mil Hijos de San Luis (1823); Década Ominosa (represión, López Ballesteros, apostólicos); Pragmática Sanción (1830) → carlismo.
- América: juntas de 1810, Bolívar, San Martín, Ayacucho (1824); quedan Cuba, Puerto Rico y Filipinas.
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